El alcoholímetro en La Laguna; multan por ‘sorbo’ de alcohol

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El Municipio de Torreón es el único de la Zona Metropolitana que aplica el operativo alcoholímetro del modo que lo hace: con un parámetro 10 puntos abajo del parámetro nacional y con una reclasificación que implica al ciudadano pagar el doble en multas.

Los municipios de San Pedro, Francisco I. Madero y Matamoros (Coahuila) no aplican alcoholímetro; en Gómez Palacio (Durango) desde que inició la actual administración dejó de aplicarse el operativo alcoholímetro y se reactivará pero sin la aplicación de cobros (de forma preventiva), mientras que en Lerdo (Durango) sí se aplica pero con valores muy diferentes, cercanos a la normativa federal.

LA MOTIVACIÓN

Recientemente el Cabildo de Torreón decidió aprobar una reclasificación y como consencuencia el grado de lo que antes era “aliento alcohólico” (de 0.20 a 0.39 miligramos de alcohol por litro de aire expirado) ahora tiene otra denominación: “estado de ebriedad incompleto”.

La reclasificación hecha por el Cabildo conlleva implícito un incremento para el ciudadano pues una multa de 2 mil pesos que antes pagaba por aliento alcohólico ahora será de al menos el doble (3 mil 84 pesos) ¿Por qué? porque la Ley de Ingresos del Municipio de Torreón menciona que únicamente se puede multar en un margen de 40 a 60 UMA’s (Unidad de Medida y Actualización cuyo valor diario actual es de 96.22 pesos) por manejar en estado de “ebriedad”. Es decir, de 3 mil 900 a 5 mil 800 pesos en términos globales mientras que por “aliento alcohólico” el rango de la multa es de 15 a 20 UMA’s (menos de 2 mil pesos).

El Ayuntamiento justificó la reclasificación por temas de prevención y protección ciudadana.

EN GP, QUEBRADOS PERO SIN ALCOHOLÍMETRO

Gómez Palacio tiene de todos los municipios los parámeros mas difíciles de cumplir pues se considera como aliento alcohólico el rango de 0.8 a 0.24 mg/L pero desde el inicio de la actual administración municipal en septiembre del 2022 dejó de aplicarse el operativo alcoholímetro puesto que fueron muchas las quejas ciudadanas que recibió la alcaldesa Leticia Herrera en campaña, quien recien anunció una reactivación del operativo a través de pruebas de aliento etílico sin la aplicación de sanciones (durante diciembre) y que en caso de detectar a un conductor en estado de ebriedad, se procederá a contactar con algún familiar o conocido que pueda acudir por la persona en cuestión. Tampoco se realizará la detención o el decomiso del vehículo.

El Cabildo además aprobó de forma unánime disminuir para el 2022 las multas por alcoholímetro en un 50 por ciento para el segundo grado de ebriedad y bajarlas en un 25 % para el tercer grado de ebriedad pese a que la administración entrante recibió la pasada con déficit y un adeudo de mas de 150 millones de pesos en participaciones federales que a la fecha no se han entregado.

La disminucíón significó bajar la multa en el segundo grado de ebriedad de 6 a 3 mil pesos y de 8 mil a 6 mil para el tecer grado. El primero (aliento alcohólico) se quedó en 2 mil.

EN LERDO

En Lerdo hay tolerancia del 0.0 al 0.19 mg/L . Se considera aliento alcohólico del 0.20 al 0.39 mg/L y se es acreedor a una multa de menos de 2 mil pesos mientras que se considera estado de ebriedad cuando en la medición del alcoholímetro se arroje 0.40 mg/L (de 40 a 60 UMA’s) con lo cual la multa podría llegar a los 5 mil 800 pesos.

Lerdo es el único municipio que se aproxima a lo que marca la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial del Gobierno federal que establece como referencia para el operativo alcoholímetro y no han habido reclasificaciones desde la pasada administración municipal, misma que fue presidida también por el alcalde Homero Martínez.

¿QUÉ DICE LA LEY?

La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial menciona como obligación de las entidades federativas y los municipios de realizar pruebas de alcoholemia de manera permanente con el objetivo de evitar la conducción de cualquier tipo de vehículos bajo el efecto del alcohol.

Para tal efecto “queda prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre, salvo las siguientes consideraciones: a) Para las personas que conduzcan motocicletas queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 0.1 mg/L en aire espirado o 0.02 g/dL en sangre. b) Para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga, queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre”.

El Protocolo para la Implementación de Puntos de Control de Alcoholimetría vigente en 2022, mismo que fue desarrollado por el Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Prevención de Accidentes (STCONAPRA), estable que el equipo de alcoholimetría debería, en principio, “ser ajustado a un valor entre 0.25 mg/L y 0.50 mg/L, sin embargo, se puede escoger un valor diferente, cuando se haya demostrado que tal valor da al menos la misma exactitud en esa parte de la escala”.

También sugiere que la responsabilidad de verificar y calibrar los equipos de alcoholimetría recaiga en una institución distinta a la facultada para realizar las pruebas de alcohol en aliento (Tránsito, Vialidad o Seguridad Pública), con el objetivo de garantizar la legalidad y legitimidad de los procedimientos.

La Norma Oficial Mexicana NOM-214/1-SCFI-2018, Instrumentos de medición-Alcoholímetros evidenciales-Especificaciones y métodos de prueba establece que el alcoholímetro debe contar con al menos, tres dígitos luminosos, con los colores verde, ámbar y rojo y especifica como “verde” menos de 0.25 mg/L. mientras que “ámbar”, entre 0.25 mg/L y 0.38 mg/L y “rojo” para más de 0.40 mg/L.

¿CÓMO FUNCIONA EL ALCOHOLÍMETRO?

De acuerdo con varias agencias internacionales, el alcoholímetro es un instrumento que se emplea para medir el porcentaje de alcohol contenido en una bebida o para determinar su presencia en la sangre de una persona, la cual, en usos de la administración pública, exhala por una boquilla para obtener una medición del grado de ingesta de alcohol.

Es recomendable saber que el mecanismo del alcoholímetro se basa en dos métodos para la detección del alcohol contenido en el aire espirado. Puede usar una célula electroquímica o un sensor infrarrojo.

El alcoholímetro que funciona a partir de una célula electroquímica lo hace de la siguiente manera: el aire exhalado pasa por un extremo de esta célula, al tiempo que, por el otro, entra oxígeno. Dicho mecanismo activa el paso de los electrones que generan una corriente eléctrica. A partir de la medición de la muestra de aire exhalado se calcula el nivel de alcohol contenido en sangre.

El alcoholímetro de sistema de infrarrojo emplea un mecanismo que absorbe la radiación infrarroja (IR) del espectro electromagnético. Entre los gases que se encuentran en la atmósfera, el alcohol absorbe de una manera más significativa este tipo de radiación. Este sistema de alcoholímetro determina así el grado de alcohol en el organismo de una persona.

¿Se ‘sube’ pronto?

La rapidez con la que sube la concentración de alcohol en la sangre en una persona varía de acuerdo a los siguientes factores:

*La cantidad de bebidas que ha tomado.

*La rapidez con que toma. La velocidad de absorción se puede modificar por: Los alimentos (la presencia de elementos en el estómago retrasa la absorción), el tipo de bebida, el grado de habituación o tolerancia (los bebedores crónicos importantes absorben más rápidamente el alcohol que los abstemios).

*Sexo. Las mujeres generalmente tienen menos agua y más grasa por libra de peso que los hombres. El alcohol no va hacia las células grasas tan fácilmente como lo hace con otras células y, por esta razón, el alcohol permanece en mayores cantidades en la sangre de las mujeres.

*Peso. Entre mayor sea su peso, más agua tendrá su cuerpo. Esta agua diluye el alcohol y disminuye la concentración de alcohol en la sangre.

*Tras la absorción, la mayor parte del alcohol (90-98 %) se metaboliza en el hígado y otra parte se elimina sin metabolizar a través de la orina, el sudor y el aire espirado.

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